Entrevista al Prof. Dr. Dr. h.c. mult. Claus Roxin

Esta entrevista fue realizada por los miembros del GLIPGö: Diego Tarapués, Gustavo Urquizo y Eneas Romero. El Prof. Roxin nos acompañó en la Escuela de Verano en Göttingen el día 27 de septiembre de 2013, sin embargo, la presente entrevista se realizó por medio escrito y su respuesta fue fechada el 27 de diciembre de 2013 en Stockdorf (Alemania). Traducción del alemán a cargo de Diego Fernando Tarapués Sandino y Gustavo Urquizo Videla.

GLIPGö: Con su artículo “Noch einmal: Zur strafrechtlichen Behandlung der Gewissenstat” (Una vez más: Sobre el tratamiento jurídico-penal del hecho de conciencia), publicado en 2011 en el Goltdammer’s Archiv für Strafrecht (GA)[1], se abrió nuevamente la discusión sobre los posibles efectos de la libertad de conciencia en el derecho penal. Esto especialmente por su propuesta de solución para casos de delitos de bagatela mediante una posible exculpación por ausencia de necesidad preventiva de punición. En este contexto queremos preguntarle si usted cree que una posible exculpación de este tipo valdría únicamente para hechos de conciencia o si es posible que se aplique también para hechos de convicción.

Roxin: Lo que vale para el hecho de conciencia no aplica para el hecho de convicción. De acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional federal (BVerfG tomo 12, pp. 45 y ss., p. 55), las decisiones de conciencia se orientan por las categorías de “bien” y “mal” y son experimentadas por el autor de conciencia en su interior como “incondicionalmente obligatorias”.
Por el contrario, las convicciones se encuentran en el área del derecho y de las perspectivas político-jurídicas. Ellas no influyen en la punibilidad, porque no decide sobre la punibilidad del caso concreto, sino que lo hace el legislador legitimado democráticamente. Si por ejemplo alguien es de la convicción que las relaciones sexuales con niños debe ser impune, esto no repercute en la punibilidad.
En casos concretos, la convicción –si es hostil al derecho– puede incluso llegar a agravar la pena; por ejemplo cuando un neonazi injuria a un extranjero bajo la convicción de que esto debe ser permitido. Una convicción solamente puede llegar a atenuar la pena –pero nunca a excluir de pena– cuando trae a colación razones bien fundadas en contra de la punibilidad de una prescripción.